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Impune los crímenes ambientales

arboles bosque ambientales

La contaminación ambiental, aunque tipificada como delito en el Código Penal vigente, es una práctica que parecería quedar impune en muchas ocasiones y amerita de atención especializada del Departamento de Justicia, reconoció el presidente de la Comisión cameral de Agricultura, Recursos Naturales y Asuntos Ambientales, Joel Franqui Atiles.

Los factores que inciden en que este tipo de crímenes pasen debajo del radar de las autoridades son variados, de acuerdo a Juan Rosario, ambientalista consultado por EL VOCERO. El Código Penal de 2012 reconoce la “contaminación ambiental” y la “contaminación ambiental agravada” como delitos. Establece que, por ejemplo, la persona  que “realice o provoque emisiones, radiaciones o vertidos de cualquier naturaleza en el suelo, atmósfera, aguas terrestres superficiales, subterráneas o marítimo, en violación de las leyes o reglamentos, y que ponga en grave peligro la salud de las personas, el equilibrio biológicos de los sistemas ecológicos o del medio ambiente será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres años. El tribunal podrá imponer la pena de restitución”.

Además del Código Penal existen un sinnúmero de leyes o reglamentos que prohíben la contaminación ambiental desde diferentes perspectivas. Algunas de las agencias llamadas a fiscalizar son el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y la Junta de Calidad Ambiental (JCA). No obstante, el representante Franqui Atiles radicó una medida para crear la Oficina de Delitos Ambientales, adscrita a Justicia y que operaría sin la necesidad de invertir fondos públicos en su creación.

Rosario, experto en salud ambiental, dijo a este diario que en tiempos de cambio climático es importante visibilizar y juzgar esta práctica delictiva. “Este tipo de acciones no se juzgan, no se tipifican como crímenes ambientales y no se les da ningún tipo de seguimiento. Muchas violaciones de leyes relacionadas con contaminación ambiental, destrucción de sistemas sensitivos y constricciones sin delito que son crímenes ambientales, se trabajan administrativamente o no se llevan a ningún lugar”, expresó.

Uno de los casos recientes sobre crímenes ambientales fue el del concesionario de autos Braulio Agosto Vega en 2007. En ese entonces, Agosto Vega se declaró culpable ante la Fiscalía Federal de un crimen ambiental por descargar aguas usadas del desarrollo de vivienda Hacienda Jiménez a una quebrada tributaria del río Espíritu Santo, que nutre la planta de filtración de El Yunque en Río Grande. Según reportes antiguos de prensa, en ese entonces se le imputaba por violaciones criminales a la Ley de Aguas Limpias.

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