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Tribunal federal convoca vista para determinar si ordena que se detenga el depósito de basura en vertedero de Toa Alta

El Municipio de Toa Alta tiene 14 días –que empezaron a contar anteayer– para convencer al Tribunal federal de que no ordene el cese del depósito de basura en su vertedero, tal como solicitó el Departamento de Justicia de Estados Unidos por entender que dicho sistema es una “amenaza sustancial e inminente” a la salud pública y el ambiente.

El viernes, el juez Daniel R. Domínguez acogió una moción de interdicto preliminar radicada por Justicia federal –a nombre de la Agencia federal de Protección Ambiental (EPA, en inglés)–, y citó una vista para el jueves, 12 de agosto. Ese día, se discutirán tanto los remedios solicitados por Justicia federal como las explicaciones del ayuntamiento.

Según la orden del juez, ambas partes deberán presentar evidencia documental y testimonial para sustentar sus argumentos. Debido a lo urgente del caso y con miras a resolverlo por la vía expedita, Domínguez estableció que no otorgará extensiones de tiempo.

Si se aprueba la moción de interdicto preliminar, el Municipio de Toa Alta tendría que detener el depósito de basura en su vertedero en 60 días y tomar acciones inmediatas para atender las presuntas amenazas a la salud pública y el ambiente.

En la moción, radicada el jueves, Justicia federal esbozó 13 pedidos o acciones para el ayuntamiento, que incluyen, además de detener el depósito, cubrir la basura, estabilizar las pendientes del vertedero, desarrollar planes para el manejo de lixiviados y escorrentías, e implantar buenas prácticas de ingeniería, entre otras.

Mientras, en otra moción radicada el lunes, Justicia federal solicitó al tribunal que anule la inmensa mayoría de las defensas afirmativas que el Municipio de Toa Alta presentó como respuesta a la demanda en su contra por la presunta operación ilegal del vertedero.

Específicamente, pidió la nulidad para 50 de las 52 defensas afirmativas del ayuntamiento por entender que son “jurídicamente insuficientes, inaplicables, inapropiadas y carentes de mérito”. Planteó, además, que las respuestas del Municipio de Toa Alta “no aportan hechos nuevos o argumentos que derroten” la premisa de que el vertedero –que tiene una orden de cierre de la EPA– es una amenaza a la salud pública y el ambiente.

En su respuesta, el ayuntamiento indicó que algunos de los argumentos en la demanda son “especulativos, exagerados, sin base y arbitrarios”; que el depósito de basura no es una amenaza a la salud pública y el ambiente, pues “no hay evidencia suficiente para demostrarlo”; y que la EPA no ha emitido una “afirmación plausible” de peligro en el vertedero. Igualmente, el Municipio de Toa Alta alegó que cumple con varias regulaciones aplicables a la operación de vertederos.

Frente a esto, Justicia federal insistió en que las defensas afirmativas del ayuntamiento son “meras negaciones”.

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