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Las comunidades están alertas ante los posibles intentos de expropiación

vecinos de la comunidad Vietnam en Guaynabo

La amplia facultad de los gobiernos municipales para expropiar, la transformación del concepto “interés público” y la experiencia histórica mantienen en alerta a líderes y organizaciones comunitarias ante la preocupación de que los fondos de recuperación post-María se utilicen para transferir inmuebles a desarrolladores privados.

Organizaciones como Ayuda Legal, en Puerto Rico, y el Instituto de Justicia, en Estados Unidos, han advertido a las comunidades en la isla sobre la necesidad de que se organicen, participen y fiscalicen el uso de los fondos del programa de Subvenciones en Bloque de Desarrollo Comunitario para la recuperación de desastres (CDBG-DR, en inglés).

Ayuda Legal Huracán María, que surgió de Ayuda Legal luego del ciclón, resumió las propuestas que han sometido los alcaldes, hasta ahora, para utilizar esos fondos, y destacó aquellos proyectos en los que se expresa o se percibe que haya desplazamientos de comunidades.

En más de una treintena de las propuestas recopiladas, se utilizan las palabras “reubicación” y “relocalización” de residentes, o sugieren que habrá desplazamientos de comunidades.

“Nadie en la isla debe perder su residencia o negocio, o ver destruir su comunidad simplemente para que el gobierno pase la propiedad a manos de otra entidad privada”, indicó Brooke Fallon, directora asistente de activismo del Instituto de Justicia.

La semana pasada, el Instituto publicó un informe en el que concluyó que Puerto Rico tiene una de las peores leyes sobre expropiación en todo Estados Unidos porque no concede las debidas protecciones a los pequeños propietarios en favor de desarrollos privados con mayor capital.

Esta semana, personal de esa organización estará en Puerto Rico para reunirse con legisladores y miembros de la comunidad.

El informe del Instituto de Justicia recomienda que, en la isla, se adopten “reformas significativas para aclarar que la expropiación forzosa solo puede utilizarse para un uso público claramente definido, y para aclarar que la existencia de un uso público debe ser determinada por un juez independiente, no por los funcionarios municipales que se beneficiarán de la misma expropiación”.

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