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Prohíben el uso de carbón para generar energía en Puerto Rico a partir de 2028

San Juan, 11 may (EFE News) – El nuevo reglamento del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) sobre los residuos de combustión de carbón (RCC) prohíbe su depósito, la acumulación y el almacenamiento sobre el terreno por un período mayor de 180 días a partir del momento de su generación o producción en la instalación generadora, informó este martes el secretario de la agencia, Rafael Machargo.

La prohibición es independientemente de si existe o no cobertura plástica (“liner”) entre los RCC y el terreno. 

La prohibición y período no aplica al almacenamiento controlado de RCC en tanques y silos para la manufactura de cemento, hormigón y cualquier otro uso comercial, según se regula en el Reglamento para el Manejo y Uso Comercial Seguro de los Residuos de Carbón.

“Hemos tomado todas las previsiones posibles para garantizar que el manejo y disposición, así como el transporte y uso con fines comeriales de los RCC no perjudique de ninguna manera la salud ni el ambiente”, dijo Machargo en un comunicado. 

“Muchas de estas restricciones son de carácter local, es decir, hay más requerimientos de lo que las propias normas de la Agencia federal de Protección Ambiental (EPA) exigen”, indicó. 

La EPA, que tiene jurisdicción primaria sobre este elemento, define los RCC y autoriza sus usos. 

Por otro lado, el uso del carbón para generar energía ha sido prohibido en Puerto Rico a partir de 2028.

El DRNA estableció que el generador de RCC no podrá depositar, acumular o almacenar temporalmente en el área exterior destinada a esos efectos en su instalación una cantidad de RCC que sea mayor a la cantidad de estos que pueda generar en un término 180 días, cantidad que será determinada por el DRNA.

Además, el área exterior usada para depositar, acumular o almacenar temporalmente deberá contar con cobertura de material geosintético (“liner”) con ciertas especificaciones. 

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